3 jun 2013

Entra en vigor la certificación energética para edificios en venta o alquiler

La certificación energética obligatoria para las edificaciones en venta o en alquiler por periodos superiores a cuatro meses entra en vigor mañana y supondrá un ahorro anual de 32.000 toneladas equivalentes de petróleo (tep), según ha recordado hoy el Ministerio de Industria. 

Esa es la valoración de la Administración, suponiendo que se lleven a cabo las recomendaciones de mejora de eficiencia energética a las que apunta la certificación en un 10 % de los edificios evaluados y se consiguiera un ahorro medio de un 20 % con la adopción de las medidas recomendadas. La norma afecta a los edificios de nueva construcción y a aquellos existentes que se vendan o alquilen, salvo los edificios histórico-artísticos, lugares de culto y viviendas temporales con un uso inferior a cuatro meses al año.

Según el Ministerio, la calificación energética deberá estar incluida en toda oferta, promoción o publicidad dirigida a la venta o el arrendamiento y serán las comunidades autónomas las que establezcan el registro de los certificados. El objetivo de la medida es fomentar el ahorro y la eficiencia y que el consumidor pueda valorar y comparar la repercusión del gasto en energía y emisiones de CO2 (dióxido de carbono) en la compra o alquilar una vivienda. El certificado tendrá una validez de diez años y diferenciará la calificación con letras de la A a la G, para consumo de energía primaria y emisiones de CO2.

Noticia extraída de Expansion.com

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